Caso de Amparo Urgente: medicación oncológica
- Nicolás Torterola
- 30 ene
- 3 Min. de lectura
En un reciente caso de amparo, una paciente con cáncer avanzado logró obtener una medida cautelar urgente contra Medicus Sociedad Anónima de Asistencia Médica y Científica, para que se le brindara la cobertura integral de un tratamiento oncológico esencial. Este caso resalta la importancia de la tutela judicial efectiva en materia de salud, especialmente cuando se trata de enfermedades graves que no admiten demoras.
El Problema: Negativa de Cobertura de un Tratamiento Vital
La paciente, de 58 años, padece un cáncer muy avanzado que ha comprometido su movilidad y su calidad de vida. Su oncóloga le indicó un tratamiento combinado de quimioterapia e inmunoterapia con Pembrolizumab, un medicamento clave para potenciar su sistema inmunológico y atacar las células cancerosas. Sin embargo, Medicus denegó la cobertura de este tratamiento, argumentando que no estaba incluido en su plan médico.
La negativa de Medicus ponía en grave riesgo la vida de la paciente, ya que el Pembrolizumab no solo es fundamental para reducir el tamaño del tumor, sino que también es crucial para evitar complicaciones graves, como la formación de fístulas y daños a órganos cercanos. Cada día sin tratamiento significaba un deterioro irreversible de su salud.
La Urgencia: Una Carrera Contra el Tiempo
En casos como este, el tiempo es un factor crítico. La paciente no podía permitirse esperar a que se resolviera un largo proceso judicial, ya que su condición médica empeoraba rápidamente. Por ello, se presentó una acción de amparo urgente, solicitando una medida cautelar que obligara a Medicus a cubrir el tratamiento de inmediato.
El Resultado: Justicia Rápida y Efectiva
El juez federal accedió a la medida cautelar, ordenando a Medicus que brindara la cobertura integral del tratamiento con Pembrolizumab. La decisión se basó en la verosimilitud del derecho de la paciente a recibir el tratamiento prescrito por su médica, así como en el peligro en la demora, dado el estado crítico de su salud.
El fallo también destacó que el derecho a la salud es un derecho fundamental reconocido por la Constitución Nacional y los tratados internacionales, y que las obras sociales no pueden negar tratamientos esenciales basándose en interpretaciones restrictivas de sus planes médicos.
Fundamento Legal: Derecho a la Salud y Tutela Judicial Efectiva
El caso se fundamentó en el artículo 43 de la Constitución Nacional, que establece el derecho de amparo para proteger derechos fundamentales, y en la Ley 16.986, que regula este tipo de acciones. Además, se invocaron tratados internacionales como el Pacto de San José de Costa Rica, que garantiza el derecho a la vida y a la salud.
El juez también consideró que la negativa de Medicus violaba el derecho a la igualdad y a la dignidad humana, ya que la paciente no podía acceder a un tratamiento que era esencial para su supervivencia.
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